259 research outputs found

    Estudios jurídicos de garantías fundamentales en caso de niños en situación de discapacidad – autismo - Acceso a la salud como primera medida para garantizar un ejercicio completo de garantías constitucionales

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    Artículo de investigaciónEn este artículo se busca delimitar y especificar la relación entre discapacidad y justicia, desde la implementación del sistema jurídico colombiano, basando este enfoque en la perspectiva de Rawls y la teoría social de Martha Nussbaum, por medio de orientaciones interdisciplinarias de justicia, discapacidad y salud pública, generado un equilibrio adecuado de las prácticas y mecanismos de protección de Derechos fundamentales de los niños en situación de discapacidad30 p.INTRODUCCIÓN 1. CONTEXTUALIZACIÓN Y POLÍTICAS NACIONALES QUE BUSCAN GARANTIZAR EL ACCESO A LA SALUD DE LA NIÑEZ EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD 2. PROBLEMÁTICA DEL ACCESO A LA SALUD DE LOS NIÑOS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD DESDE UN MARCO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL 3. FUNDAMENTABILIDAD DEL DERECHO A LA SALUD, ALTERACIÓN A LA EQUIDAD SOCIAL PARA GARANTIZAR LA PROTECCIÓN ESPECIAL 4. CONCLUSIONES BIBLIOGRAFÍAPregradoAbogad

    "Trastorno del Espectro Autista (TEA)" ¿Una Discapacidad abandonada por el Ordenamiento Jurídico Colombiano?

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    La presente investigación analiza el Trastorno del Espectro Autista (TEA), como una problemática de abandono por el ordenamiento jurídico; en Colombia abundan las leyes pero es escasa la materialización real de los derechos consagrados en ellas, aun siendo estos fundamentales; se ha hecho énfasis en leyes que han intentado dar acceso a los mecanismos judiciales de los sujetos de especial protección, el principal problema se encuentra en que esta materialización se desvanece y encuentra barreras tanto jurídicas como sociales, ya que la protección no resulta garantizada en su integridad.Universidad Libre-Facultad de Derecho-Pregrad

    Estrategia para la justiciabilidad del derecho a la educación de niños/as con discapacidad visual entre 5 y 14 años en la ciudad de Quito

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    El presente trabajo de investigación parte de la premisa de que el derecho a la educación es un derecho humano y fundamental, cuyo carácter teleológico, es el desarrollo humano mediante la generación de capacidades de manera integral. Bajo esta perspectiva, se abordan los antecedentes y consagración del estándar internacional de la educación inclusiva, para señalar que es el modelo educativo que materializa en niños/as con discapacidad visual -e incluso de otro tipo- los propósitos y objetivos del derecho a la educación. Sobre la base de lo dicho, se exponen el marco jurídico ecuatoriano respecto a la educación para las personas con necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad, la estructura del sistema nacional de educación en Ecuador y políticas implementadas para atender a estas personas, datos estadísticos cuantitativos de la educación de niños/as con discapacidad en Ecuador y de manera particular se aborda la educación de niños/as con discapacidad visual en el Distrito Metropolitano de Quito, incluyendo experiencias en la comunidad educativa de 2 estudiantes con discapacidad visual, de 3 padres de familia con hijos en tal condición e integrados en el Sistema Nacional de Educación y el punto de vista de 3 profesionales sobre el derecho a la educación de este segmento poblacional, a quienes se les realizó entrevistas en profundidad y semiestructuradas de manera individual en una única instancia. Finalmente, este trabajo plantea que la acción de protección es el mecanismo jurisdiccional efectivo para promover y proteger el derecho a la educación de niños/as con discapacidad visual en un sistema de educación inclusivo; incluyendo la posibilidad de la creación de un precedente constitucional vinculante si su justiciabilidad subyace en un litigio estratégico integral o de alto impacto

    El acceso a la justicia de las personas con discapacidad en la República del Ecuador

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    [ES]En esta investigación, se analizan los problemas y la necesidad de que a las personas con discapacidad, se garantice el ejercicio de sus derechos, sin que se interpongan barreras de tipo alguno y puedan actuar con independencia, por ello hacemos notar que las personas con discapacidad tienen derecho en todas sus partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica y consecuentemente de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida; analizamos la necesidad de que se adopten medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de esa capacidad jurídica; que se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos de conformidad con el derecho internacional en materia de derechos humanos, y que estas salvaguardias aseguren que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten sus derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las circunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de una autoridad o un órgano judicial competente, independiente e imparcial; y, se tomen todas las medidas que sean pertinentes y efectivas para garantizar el derecho de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a ser propietarias y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones, por ejemplo, a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, y velarán por que las personas con discapacidad no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria. Concordante con lo que hemos referido, respecto del acceso a la justicia, debe reconocerse y asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento y adecuados, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas como participantes directos e indirectos, en todos los procedimientos judiciale

    La necesidad de contar con un medio con el que las resoluciones jurisdiccionales sean entendidas por los ciudadanos, como tutela efectiva del derecho de acceso a la justicia; el caso de las sentencias

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    Las personas que no cuentan con formación especializada en materia de derecho se encuentran ante una brecha que no se puede cerrar entre el lenguaje que éstas utilizan de manera ordinaria (natural) y el lenguaje que utiliza un juez en sus determinaciones por escrito. Siendo que la sentencia es la determinación por escrito más importante del proceso, tenemos que, sin la intervención de un abogado que funja como intérprete, la persona afectada por su contenido no comprenderá cuáles son sus motivos, fundamentos y consecuencias. Este trabajo aborda cómo desde la perspectiva del derecho nacional e internacional, se puede afirmar que el hecho de que la persona principalmente afectada por una sentencia no la comprenda; resulta violatorio al derecho de acceso a la justicia en su dimensión de derecho a comprender las sentencias, ya que la priva de un medio de impugnación adecuado, dejándolas en una situación de especial vulnerabilidad al restringirles de tener elementos para establecer de qué y por qué está inconforme. Concluyendo con que un abordaje adecuado al problema, sería la implementación universal de los formatos de lectura fácil, actualmente usados por la Suprema Corte de Justicia Mexicana para limitados casos especiales, como aquellos en que los afectados por la sentencia sean infantes o personas con autismo. Esto, como un documento anexo a la sentencia tradicional, que traduzca sus elementos más importantes a lenguaje ordinario, sin afectar la complejidad que le es natural al ejercicio de impartir justicia.ITESO, .A.C

    La judicialización del acceso a medicamentos para enfermedades catastróficas y de alta complejidad en el Ecuador: un estudio de los casos relevantes de la Corte Constitucional 2014 - 2017

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    La judicialización del acceso a medicamentos, es un fenómeno nuevo en el Ecuador, que requiere de un permanente análisis y seguimiento, se espera su incremento y progresividad; este trabajo de investigación pretende explorar el mismo, iniciando con el estudio de la judicialización de los derechos económicos, sociales y culturales, haciendo énfasis en el derecho a la salud y el acceso a medicamentos; será revisada desde el activismo judicial, considerando instrumentos internacionales, la Constitución ecuatoriana y leyes nacionales que le otorgan contenido y mecanismos de efectividad; para ello, se ha escogido tres sentencias de la Corte Constitucional que tratan específicamente sobre el acceso a medicamentos para enfermedades catastróficas, raras y huérfanas, en el periodo comprendido entre 2014 a 2017. La investigación propone una metodología para establecer si los fallos han sido emitidos desde el activismo judicial, y si éste ha sido progresista o conservador, considerando a la sobreinterpretación constitucional como riesgo, en un Estado constitucional de derechos y justicia como el ecuatoriano

    El principio del interés superior del niño. Una teoría para la interpretación constitucional

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    El principio de interés superior del niño, como piedra angular de la presente investigación, será analizado en función de su categoría “principalística”, inmerso en un modelo de Estado que rompe el paradigma del culto y apego estricto a la ley, para tomar como referencia de solución de casos, unos conceptos de textura más abierta que dan un rol más protagónico a la interpretación judicial y a la creación de derecho, otorgando cierto margen de discrecionalidad a la autoridad judicial. Tales conceptos, no son sino los principios. Su entrada en escena como factores jurídicos para la resolución de problemas, supone una redefinición a las vetustas concepciones de los sistemas de fuente del derecho, que permiten tener una nueva visión a la hora definir controversias. Pues bien, los principios han de ser concebidos como instrumentos imprescindibles dentro de la caja de herramientas jurídicas con que cuenta el juez para solventar bajo criterios de justicia, los conflictos de que conoce. En ese sentido, la judicatura es el escenario por antonomasia, en el que se les da vida, interpretación, aplicación y fijación del alcance a los principios. Principios que conforman la base del nuevo esquema o pirámide del Estado Social de Derecho. Es así como la Constitución Política de 1991 en su artículo 2º, al señalar los fines esenciales del nuevo Estado constitucional, consagra que este debe garantizar efectivamente, en el siguiente orden, “los principios, los derechos y los deberes”, de los miembros de la sociedad colombiana, para que alcancemos mejor calidad de vida y un orden social justo. En ese orden se inscribe el estudio realizado sobre el principio del interés superior del niño, que como principio tiene un alcance mayor que cualquier regla jurídica de vigencia anterior o posterior a la Constitución Política. Colombia puede ser considerado un país en el que se han conquistado grandes avances sociales a través de novedosos fallos jurisprudenciales fundamentados en principios, especialmente en el caso que atañe a la investigación, al principio de interés superior del niño. Tales resoluciones jurisdiccionales cautivan a juristas nacionales e internacionales, que, por apostarle la gestación de nuevos conocimientos, han generado una nueva conciencia normativa, necesaria para una mejor aplicación del derecho. Dentro del contexto actual, en donde la violencia ha permeado gran parte de la sociedad, los niños se han convertido en los sujetos más vulnerables, sin darle la importancia que le ordenamiento jurídico establece para ellos, a partir de lo consagrado en la Carta Política y lo establecido en la ley. La Constitución ha ratificado una serie de convenios, entre ellos, la Convención Internacional sobre de los Derechos del Niño (1989) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, ratificada por 196 países, en la cual se establece dentro de sus primeros artículos el principio del interés superior del niño, convirtiéndose así en parte del bloque de constitucionalidad y criterio básico a la hora de resolver conflictos en donde sean parte los menores de edad. En consecuencia, en esta investigación se logra hacer un recorrido sobre el concepto de niño e infancia; la historia del principio del interés superior del niño; la búsqueda y estudio de un número considerable de pronunciamientos de la Corte Constitucional; su análisis estadístico a partir de las soluciones dadas en tales fallos; la transcripción de la realidad de violencia, abusos y maltratos a los niños registrados por el Instituto Nacional de Medicina Legal. Todo ello para elaborar desde del análisis de los criterios expuestos por la Corte Constitucional, como máxima guardiana de nuestra Constitución, una teoría jurídica constitucional y pedagógica para aplicar el principio del interés superior como una contribución académica a la solución garantista de los derechos que resulten amenazados y vulnerados a los niños de Colombia. Es así como el capítulo primero está dedicado a reseñar el estado del arte, marco teórico y jurídico, marco conceptual, la metodología, que comprende el uso del método estadístico para exponer la realidad relatada en los fallos jurisprudenciales en materia de estudio, centrado en dilucidar los alcances que en la historia reciente ha tenido la consagración y desarrollo del principio del interés superior de los niños. El segundo capítulo está dedicado a la descripción analítica del concepto de niño, la historia de la categoría de infancia en el mundo occidental, la evolución normativa a nivel mundial de dicho principio. En ese aparte la investigación logra reseñar el contenido de las siguientes normas: la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño de 1924, la Declaración universal de los Derechos Humanos de 1948, la Declaración de los derechos del niño de 1959, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica de 1969), la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, el Código del Menor (Decreto 2737, 1989), la Constitución Política de Colombia de 1991 y el Código de la Infancia y de la Adolescencia (Ley 1098, 2006). En el tercer capítulo, la investigación se ocupa en exponer con un poco de amplitud el contenido y alcance del principio del interés superior como objeto de estudio. En ese capítulo se aborda la reseña de los criterios que ha elaborado la Corte Constitucional colombiana al pronunciarse sobre diversos conflictos y su aplicación en la solución del principio del interés superior. Del estudio analítico de los criterios jurisprudenciales hemos escogido, en el capítulo cuatro, el denominado criterio de equilibro de los derechos para construir una propuesta de teoría de justicia que contemple la equidad como herramienta para ir gradualmente superando la discriminación, judicial y educativa que se tiene frente a los derechos del niño, que aún no se conciben como derechos fundamentales y prevalentes. En ese sentido, la teoría la denominamos El criterio de equilibrio de derechos, como una teoría de justicia. Se propone una teoría constitucional, fundamentada en el principio del interés superior de niño, que contribuya en su práctica a garantizar su aplicación efectiva y que corresponda con el principio fundador del Estado constitucional y social de derecho colombiano de la dignidad humana. La jurisprudencia constitucional ha precisado estos criterios a raíz de aquellos casos en donde el fallador, en pro de garantizar la situación más favorable o garantista para el niño, niña o adolescente, se ve obligado a inaplicar preceptos, pues podrían resultar menos proteccionista para este, ante lo que puede invocar el principio del interés superior del niño, que le permite mayor margen de maniobrabilidad o discrecionalidad para adoptar aquellas medidas más convenientes. Por medio de la jurisprudencia proveniente de la Corte Constitucional se realizará el estudio a fin de analizar solamente aquellas en donde el principio del interés superior del niño haya primado frente a la norma sustancial, es así, como se logrará contribuir al estudio de las providencias y lógicamente del asunto en mención, con el firme propósito de tomar al principio del interés superior del niño, como fuente directa y fundamental en la solución de aquellos litigios en donde se encuentren en riesgo los derechos del niño. En síntesis, para comprender la situación jurídica y social de la niñez será necesario en un primer término describir la evolución histórica y legal de los derechos de los niños, el tratamiento dado a la infancia desde la antigüedad hasta nuestros días, los convenios y tratados internacionales que reconocen sus derechos e imponen el principio del interés superior como norma rectora que regula y define los conflictos en los que se encuentren inmersos. Luego, se precisa el estudio sobre la relevancia y conceptualización del principio de interés superior y se examinan los criterios que ha tenido en cuenta el máximo juzgador constitucional colombiano para garantizar sus derechos fundamentales. Finalmente, luego del análisis jurisprudencial y estadístico realizado y las conclusiones a partir de ellas extraídas se propone el equilibrio de derechos como una teoría de justicia, que tiene como eje mediador el derecho fundamental de los niños a expresar libremente su opinión en sus diferentes formas de lenguaje, convirtiéndose en una teoría de justicia cimentada en el criterio de equidad que establece la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 230, para ser desarrollado en la actividad judicial. Metodológicamente se parte de la selección de 198 pronunciamientos constitucionales como fuente directa del análisis, por tratarse de estudios de casos judiciales que llegaron a conocimiento de la Corte Constitucional, teniendo como sujetos de los conflictos a los niños. Posteriormente, a partir del conglomerado de providencias recaudadas se identifican las variables que servirán de base para el análisis estadístico descriptivo, en el cual se apoyará la tesis propuesta. Esta investigación se convierte en un tema innovador y de interés para la comunidad jurídica y no jurídica, por cuanto, beneficiará directamente a los niños, siendo ellos el futuro y el recurso indispensable para el desarrollo del país. Al mismo tiempo, tratándose de un estudio basado en la jurisprudencia, criterio fundamental en el ordenamiento jurídico, el establecimiento del equilibrio de derechos, como una teoría especial de justicia para la interpretación y aplicación constitucional del interés superior del niño, aportará una conceptualización que cambiará las formas de entender y ejecutar este principio, siendo de esta manera más coherente con los fines del Estado social de derecho que es Colombia, al unificar el interés superior del niño con el principio de la dignidad humana. Razones por las cuales, el resultado de esta investigación transcenderá a la realidad social que a gritos clama por la solución de litigios basados en la justicia, en donde primen la calidad de vida de los sujetos, en este caso de los niños. Finalmente, la investigación arroja unas conclusiones y una propuesta.Universidad Libre de Colombia - Facultad de Derecho - Instituto de Posgrado

    La Carta Social Europea en el orden constitucional español

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    La incorporación de la Carta Social Europea al ordenamiento jurídico español como vector esencial para la realización del Estado social proclamado en el artículo 1.1 de la Constitución y la efectividad de los derechos sociales. Ello implica analizar no sólo el modo en que se está aplicando la Carta Social originaria de 1961 y el Protocolo de 1988 (únicos instrumentos aceptados por España) y, sobre todo, la manera de superar lo que constituyen dos asignaturas pendientes fundamentales: la ratificación del Protocolo de reclamaciones colectivas de 1995 y la Carta Social Europea revisada de 1996. España es deficitaria en ambos aspectos, déficit social que le aleja del acervo común en materia de derechos sociales, no sólo en el Consejo de Europa, sino asimismo en el seno de la Unión Europea. El objetivo fundamental de la tesis doctoral radica en analizar el impacto jurídico-constitucional de la Carta Social Europea (como verdadero Pacto europeo de democracia social, equivalente al Convenio Europeo de Derechos Humanos) y la jurisprudencia del Comité Europeo de Derechos Sociales (equivalente en cierto sentido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos) como elementos indispensables para dotar de sentido al catálogo constitucional español de derechos sociales. Desde esta perspectiva, el citado propósito jurídico-constitucional garantista se ve acompañado de otro esencialmente pedagógico (estrechamente ligado a la idea de cultura de los derechos sociales y de la democracia social), a saber, la Carta Social y la jurisprudencia del Comité son prácticamente desconocidas en España, como lo acredita la laguna científico-bibliográfica en la materia, lo que por lo demás justifica la originalidad del tema elegido. Como confluencia de ambos objetivos, un tercero reside precisamente en, de un lado, profundizar en el perfeccionamiento del Estado social y la garantía de los derechos sociales en España a través de la asunción de los dos instrumentos que han actualizado la Carta Social de 1961 y cuya aceptación resulta insoslayable para un Estado que se precie de ser social (los ya citados Protocolo de reclamaciones colectivas de 1995 y Carta Social Europea revisada de 1996); y, de otro lado, dar a conocer y analizar esos instrumentos del Consejo de Europa que son prácticamente ignorados en España y que, paradójicamente, han servido de base para la elaboración de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (que sí ha sido asumida por España con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en diciembre de 2009). Adicionalmente, otro objetivo científico esencial de la investigación consiste precisamente en examinar el modo en que se compatibilizan dos posibles Europas sociales (la del Consejo de Europa con 47 Estados miembros y la de la Unión Europea con 28 Estados miembros) y la forma en que eventualmente deben acometerse por los órganos constitucionales internos las posibles divergencias. Por último, la tesis doctoral cuenta con otro objetivo de primer orden, asociado justamente no sólo con la citada originalidad, sino asimismo con la actualidad del tema, puesto que la investigación sobre la optimización en la efectividad de los derechos sociales resulta más imperiosa en los momentos actuales de crisis económica.The incorporation of the European Social Charter to the Spanish legal system as essential for the realization of the social State proclaimed in article 1.1 of the Constitution and the effectiveness of social rights. This involves analyzing not only the way in which the Social Charter of 1961 and the Protocol of 1988 is being applied (unique instruments accepted by Spain) and, above all, how to overcome what constitute two fundamental pending subjects: the ratification of the Protocol of collective complaints of 1995 and the European Social Charter revised in 1996. Spain is deficient in both aspects, social deficit that keeps Spain aside of the common social rights acquis, not only in the Council of Europe, but also in the bosom of the European union.The main objective of the dissertation lies in analyzing the legal impact of the European Social Charter (as a real European Pact for social democracy , equivalent to the European Convention on human rights) and the case law of the European Committee of social rights (in a sense equivalent to the European Court of human rights) as essential elements to give sense to the Spanish constitutional catalogue of social rights.From this perspective, the cited constitutional purpose is accompanied by another essentially pedagogical (closely linked to the idea of a culture of social rights and social democracy), namely, the Social Charter and the Committee's jurisprudence are virtually unknown in Spain, as evidenced by the scientific and bibliographic lagoons in matter, which otherwise justifies the originality of the topic. As a confluence of both of these objectives, a third lies precisely in, one side, the improvement of the welfare State and the guarantee of social rights in Spain through the assumption of two instruments that have updated the Social Charter of 1961 and whose acceptance is inevitable for a State that claims to be social (the aforementioned Protocol of 1995 collective claims and revised European Social Charter of 1996); and, on the other hand, to present and analyze these instruments of the Council of Europe which are virtually ignored in Spain and that, paradoxically, has served as the basis for the elaboration of the Charter of fundamental rights of the European union (that has been assumed by Spain with the entry into force of the Lisbon Treaty in December 2009).Additionally, other essential research scientific aim consists precisely in examining the way in which they combine two possible social Europe (the Council of Europe 47 Member States and the European Union with 28 Member States) and the way in which eventually possible divergences must undertake by the internal constitutional bodies. Finally, the thesis has another objective of first order, just associated not only with the aforementioned originality, but also with the actuality of the topic, since research on optimization effectiveness of social rights is more urgent in the current times of economic crisis
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